MADRID 12 (EUROPA PRESS) La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha concluido que la elaboración y difusión de criterios
MedianteAuto de 26 de enero de 2022, la Sala Tercera del Tribunal Supremo ha admitido a trámite un recurso de casación formalizado por el Colegio de Abogados de Guadalajara en el que se peticionaba que se analizase si la tasación de costas y la jura de cuentas conforman un mercado económico a efectos de []
Setrata por tanto, de criterios orientativos a los exclusivos efectos de la tasación de costas y de la jura de cuentas de los Abogados.Esta recopilación se sitúa en un marco de total liberalización de los honorarios profesionales, y con el fin de alcanzar una plena adaptación a los nuevos postulados de la competencia, y han sido adoptados estableceque "“los colegios podrán elaborar criterios orientativos a los exclusivos efectos de la tasación de costas y de la jura de cuentas de los abogados” así como Efectivamente los colegios de abogados venían estableciendo, desde su reforma por la Ley ómnibus 25/2009, unos criterios orientativos a los exclusivos efectos de la tasación de costas y de la jura de cuentas de los abogados, pero el Tribunal Supremo ha considerado que los criterios publicados por los Colegios de Madrid,Excepciónque ha sido recogida expresamente por el nuevo EGAE que a través de su art. 29 prevé que los colegios de la abogacía puedan elaborar criterios orientativos de honorarios a los exclusivos efectos de la tasación de costas y de la jura de cuentas de los profesionales de la abogacía, así como informar y dictaminar sobre honorariosResumen El Colegio de abogados de Guadalajara recurre la resolución de la CNMC que le impone una multa por la recomendación colectiva de precios a través de la elaboración y difusion de los Criterios Orientativos del Ilustre Colegio de Abogados de Guadalajara, elaborados a los exclusivos efectos de Tasación de Costas y Jura de VERSIÓN10.0 Página 1 de 4 25/03/2011 CRITERIOS ORIENTATIVOS DE HONORARIOS A EFECTOS DE TASACIÓN DE COSTAS En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5, Ley 25/2009, de 22 de diciembre, "Ley Ómnibus", los criterios orientativos de honorarios únicamente podrán ser a los exclusivos efectos de la tasación de costas, Lacuantía del procedimiento a efectos de tasación de costas es un elemento esencial en el ámbito del derecho civil. Esta cifra determina la competencia del tribunal y el cálculo de las costas procesales. La cuantía se establece de acuerdo con el valor económico de la pretensión y el interés económico del litigio. 4L94UE.